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LEGALIZACIONES - GENERALIDADES

I. GENERALIDADES

La legalización de documentos oficiales o privados canadienses de interés del recurrente tiene por objetivo fundamental permitir que el mismo, cualquiera sea su naturaleza, adquiera validez legal en la Argentina. Para ello, es necesario que el documento se encuentre previamente intervenido por autoridad pública canadiense (por ejemplo "Vital Statistics" para partidas de estado civil) o privada competente, tales como notarios públicos, para documentos tales como poderes, venias de viaje, etc.

a) DOCUMENTOS PRIVADOS

Son aquellos por los cuales se delegan poderes o se emiten permisos, en especial referidos a menores. Es decir, su confección no obstante ser asistido por un profesional, encuentra su origen en el mismo recurrente. Los  más frecuentes son aquellos por los que se delega en terceras personas la capacidad de ejecutar actos de diverso tenor, en ausencia y por representación del otorgante. Entre los más frecuentes se encuentra la compra/venta de bienes inmuebles o muebles, la administración y/o cesión de bienes, poderes generales de administración, poderes especiales sólo habilitantes para casos específicos, poderes amplios de compra/venta y administración, venia de viaje, etc.

El procedimiento habitual es dirigirse a un notario público, preferentemente bilingüe, y comunicarle las necesidades específicas del caso en forma escrita. Esta comunicación escrita es conocida como ‘minuta’. Se suele consultar con abogados argentinos, a través de familiares o amigos, a fin de que la redacción del documento sea perfectamente legal de acuerdo a la terminología utilizada en nuestro país.

b) DOCUMENTOS DE AUTORIDADES PÚBLICAS

En este caso no interviene en la redacción el recurrente si no que estos son confeccionados por la autoridad pública canadiense de acuerdo a la reglamentación local en la materia. El documento puede necesitar ser traducido o no. Ello depende de la voluntad del recurrente, quien deberá prever que sea traducido en Argentina, de acuerdo a lo requerido por la autoridad de nuestro país.

Dentro de esta categoría se pueden citar documentos tales como: diplomas, certificados de estudio, certificados analíticos, certificados comerciales de origen, partidas relativas al estado civil de las personas como nacimiento, matrimonio, divorcio, sentencias judiciales sobre tenencia de hijos, cuotas de alimentos, custodia de hijos, certificados de antecedentes penales realizados ante la Policía Montada de Canadá, etc. Para más información sobre este tema, visite este enlace.

Para la obtención de Partidas de Estado Civil (nacimiento, matrimonio o defunción) canadienses, contactarse con la siguientes direcciones electrónicas, según la Provincia de que se trate:

  • Para la Provincia de Alberta, consulte este link.
  • Para la Provincia de British Columbia, consulte este link.
  • Para la Provincia de Manitoba, consulte este link.
  • Para la Provincia de Ontario, consulte este link.
  • Para la Provincia de Saskatchewan, consulte este link.
  • Para el Territorio de Yukon, consulte este link.

II. REGISTRO DE FIRMAS

En el caso de los documentos privados, estos deben certificarse por un notario público, para posterioremente ser presentado ante el Consulado con el objeto de legalizar la firma del mismo, la cual debe estar acompañada de sello con aclaración del nombre y cargo. Los abogados registrados en este Consulado General se encuentran en el siguiente "listado".

Los Notarios Públicos como las Autoridades de las Cámaras de Comercio pueden inscribirse válidamente ante este Consulado General por un período de 5 años. Al respecto, el citado profesional debe completar y firmar el formulario de "registro de firmas", y enviarlo a este Consulado General junto al original del documento "Certificate of Good Standing" de la correspondiente autoridad canadiense que certifique el status del firmante en lo relativo a:

a) Nombre y Apellido y posición que ocupa.

b) Que la firma que consta en el formulario es auténtica

c) Que tanto la firma como el sello obrante pertenecen a esa persona.

Solicitamos a los citados profesionales se sirvan indicar si desean ser incorporados a nuestra lista en interent, a fin de agregar su nombre y apellido, y datos de contacto pertinente.

Estos requisitos son válidos dentro de nuestra jurisdicción consular, que abarca las provincias de British Columbia, Saskatchewan, Manitoba, Ontario (excepto la Región de Ottawa), y los territorios del Noroeste, Yukon y Nunavut.

III. REQUISITOS PARA LA LEGALIZACION DE DOCUMENTOS

1. Enviar la documentación original -acompañada de un juego de fotocopias de cada documento- junto con la solicitud de trámite respectiva, completando el primer casillero y tildando el campo "legalizacion" (el formulario lo puede bajar aquí) incluyendo un sobre prepago (ejemplo: Xpress Post del Canada Post) o courier slip, con el "waybill" debidamente completo por el remitente, para su devolución al domicilio indicado. Le aconsejamos tomar nota del número del "waybill", con el cual Ud. podrá chequear el estatus de su documento en el sitio web del correo o courier elegido.

2. Abonar el arancel consular vía "money order" o cheque certificado a la orden del “Consulate General of Argentina”. Consulte el monto del arancel haciendo click aquí.

IV. PROCEDIMIENTO

1. La legalización se procesa dentro de los 5 días hábiles de presentado el documento y se procede a devolverla vía sobre prepago provisto por el interesado. Solicitudes de urgencia se procesan dentro de las 48 hs. de recibidas. Se debe acompañar un "money order" por la suma del arancel respectivo para tramites de urgencia por cada documento que se solicite. Consulte el monto del arancel de urgencia en este enlace.

2. Para obtener información sobre el estatus de la documentación, consulte directamente la página web del correo canadiense o courier elegido, utilizando el número de "waybill" del sobre prepago que acompañó en su trámite.

3. Si el interesado olvidó de poner su sobre prepago (ejemplo: Xpress Post del Canada Post) o courier slip, con el "waybill" debidamente completo por el remitente, para su devolución al domicilio indicado, debera retirar el documento en este Consulado General.

NOTA: este Consulado General no se hace responsable por demoras o pérdidas en el correo o courier.

Canadá NO es miembro de la Convención de La Haya referida a la instrumentación del sistema de “APOSTILLE".